La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de la República Dominicana ha dado un paso clave hacia la digitalización de los servicios notariales con la presentación del nuevo reglamento sobre el uso de firmas y documentos digitales. Esta iniciativa, establecida en la resolución número 50-2024, busca modernizar el funcionamiento de los procesos notariales y garantizar la seguridad e integridad de los documentos electrónicos, conforme a la Ley núm. 140-15 sobre Notariado y la Ley núm. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
Alcance y respaldo del reglamento de firmas digitales notariales
El nuevo reglamento cuenta con el respaldo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, el Colegio Dominicano de Notarios, la Procuraduría General de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana. Durante su presentación, el presidente de la SCJ señaló que este avance responde a la estrategia de construir un Poder Judicial más eficiente y competente en el entorno digital.
Beneficios del reglamento para los usuarios
- Trámites remotos y accesibles: Los ciudadanos podrán realizar procedimientos notariales desde cualquier ubicación, eliminando la necesidad de desplazamiento físico.
- Inclusión: Se facilita el acceso para personas en áreas remotas o con movilidad limitada.
- Fe pública garantizada: Los notarios dispondrán de herramientas seguras para operar en entornos virtuales y mantener la confianza en sus servicios.
Principales características y aplicación del nuevo marco jurídico
El reglamento introduce normas para la integridad de los documentos digitales, la protección de datos personales y la trazabilidad de las operaciones notariales. Esto proporciona una base ética y técnica para el uso de firmas digitales en la República Dominicana. Para garantizar la seguridad, el Colegio Dominicano de Notarios evaluará y capacitará previamente a los notarios que deseen emitir firmas digitales seguras. Se prevé que el reglamento entre en vigor en un plazo máximo de 12 meses.
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