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La DGCP mantiene el procedimiento de excepción para publicidad

La DGCP mantiene el procedimiento de excepción para publicidad

La DGCP reafirma el procedimiento de excepción

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) ha anunciado que el procedimiento de excepción para la contratación de publicidad en medios de comunicación social y digital se mantiene sin cambios con la implementación de la nueva Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas.

Condiciones del procedimiento de excepción

La DGCP aclaró que este procedimiento de excepción se aplica únicamente cuando la contratación se realiza directamente con el medio de comunicación, de acuerdo con el numeral 7 del artículo 78 de la Ley núm. 47-25 y el artículo 167 de su Reglamento de Aplicación núm. 52-26. En caso de que la contratación se efectúe a través de centrales de medios, agencias de publicidad u otros intermediarios, no será posible utilizar este procedimiento, y se deberán seguir los métodos ordinarios de selección, priorizando criterios de competencia, transparencia e igualdad.

El organismo también expresó su compromiso de orientar y apoyar a las instituciones públicas, proveedores y ciudadanos, garantizando así una aplicación uniforme y transparente de las leyes, y evitando posibles malentendidos sobre la extensión de las disposiciones vigentes.

Objetivos de la Ley núm. 47-25

La Ley núm. 47-25 y su reglamento tienen como objetivo establecer criterios claros y justos en el ámbito de las contrataciones públicas, promoviendo un sistema que asegure la igualdad de oportunidades y la transparencia en todos los procesos.

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