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Aprobación de la nueva Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles por el Senado de la República Dominicana

Aprobación de la nueva Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles por el Senado de la República Dominicana

TL;DR: El Senado dominicano aprobó en segunda lectura la Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles, introduciendo cambios clave que buscan equilibrar derechos y obligaciones entre propietarios e inquilinos; la normativa pasa ahora a revisión en la Cámara de Diputados.

El Senado de la República Dominicana ha aprobado en segunda lectura la nueva Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles, una normativa diseñada para actualizar y equilibrar las relaciones entre propietarios e inquilinos, impulsando un marco legal más justo para ambas partes en el país.

Modificaciones clave en la Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles

El proyecto de Ley de Alquileres, promovido por Alfredo Pacheco, presidente de la Cámara de Diputados, recibió varias modificaciones durante el debate en el Senado. Por ello, deberá regresar a la Cámara Baja para una nueva revisión antes de su promulgación.

Entre los cambios principales se encuentra una enmienda al artículo 13, presentada por el senador Pedro Catrain. Esta modificación establece que el propietario sólo podrá exigir como garantía un monto máximo equivalente a dos meses de alquiler, en vez de los tres meses originalmente propuestos, facilitando así el acceso a la vivienda para los inquilinos.

Asimismo, el senador Rafael Calderón Duluc propuso ajustes al artículo 41, diseñados para agilizar los procesos judiciales ante incumplimientos de contrato en alquileres comerciales o de asociaciones sin fines de lucro. Ahora, los casos de falta de pago deberán resolverse mediante un procedimiento sumario de máximo dos audiencias, salvo situaciones excepcionales. Además, se fijaron plazos claros para la denuncia de vencimiento de contrato y para la solicitud de entrega voluntaria del inmueble.

Otras disposiciones relevantes de la nueva normativa

  • Cláusula arbitral voluntaria: A través de una adición al artículo 3, el senador Aneudy Ortíz permite que las partes en alquileres comerciales o de asociaciones sin fines de lucro acuerden una resolución arbitral de conflictos, siempre por escrito y conforme a la Ley de Arbitraje Comercial.
  • Notificación de retención de garantía: El senador Franklin Romero modificó el artículo 16, exigiendo al propietario notificar por escrito a los inquilinos el motivo de la retención de la garantía dentro de cinco días calendario, incluyendo pruebas objetivas. En caso de desacuerdo, el inquilino podrá recurrir a la vía judicial.

Impacto de la ley y próximos pasos para su aprobación

La aprobación en el Senado representa un paso importante hacia una regulación moderna de los alquileres de bienes inmuebles en República Dominicana. El proyecto vuelve ahora a la Cámara de Diputados para ser revisado y eventualmente promulgado, marcando el inicio de una nueva etapa en la protección de los derechos tanto de propietarios como de inquilinos. Se espera que estas medidas fomenten mayor transparencia y confianza en el sector inmobiliario.

¿Consideras que estas reformas beneficiarán por igual a inquilinos y propietarios? Comparte tus opiniones en los comentarios o difunde este artículo en tus redes sociales.

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