El Gobierno dominicano ha iniciado la regulación de la industria de cruceros con la implementación de la Resolución Núm. 164-2026, que también establece la obligación de pago de impuestos y tasas de entrada al mercado que van desde RD$1,000,000 hasta RD$1,500,000, según la capacidad del crucero.
Marco regulatorio para casinos en cruceros
Esta disposición marca la primera vez que se establece un marco regulatorio claro para la operación de casinos a bordo de embarcaciones en aguas nacionales. Emitida por el Ministerio de Hacienda y Economía, la resolución introduce un esquema que combina incentivos económicos con controles estrictos, con el objetivo de respaldar el crecimiento del turismo de cruceros en el país.
Además, se estipulan pagos anuales que pueden ascender a RD$800,000, dependiendo del número de mesas de juego en funcionamiento. Esta medida no solo se considera una fuente adicional de ingresos fiscales, sino que también formaliza una actividad que previamente carecía de un marco definido en el ámbito marítimo.
Requisitos y controles establecidos. Importancia de la fiscalización en la industria de casinos de cruceros
Se establece una fianza obligatoria de RD$20 millones para garantizar el cumplimiento de obligaciones, multas y premios a los jugadores, fortaleciendo así la seguridad jurídica en el sector. La justificación del Gobierno se basa en el crecimiento sostenido de la industria de cruceros en la República Dominicana, reconocida como un elemento clave para el desarrollo económico del país.
- Los casinos solo podrán operar en cruceros de gran escala, con capacidad para más de 2,000 pasajeros.
- Los cruceros deberán realizar recorridos de al menos seis horas en aguas nacionales.
A través de esta regulación, las autoridades buscan aprovechar la posición geográfica del país para atraer más cruceristas, aumentar las inversiones y generar alianzas comerciales. La resolución también enfoca la atención en la prevención del lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, reconociendo que los casinos en cruceros pueden servir como canales para el movimiento de fondos ilícitos.
Por ello, los operadores deben cumplir con la Ley 155-17 y reportar transacciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero durante su operativa en jurisdicción dominicana. Se restringe la participación de empresas asociadas a jurisdicciones de alto riesgo según organismos internacionales como el GAFI, elevando los estándares de transparencia.
Las licencias otorgadas tendrán una validez de cinco años y serán intransferibles, limitando la especulación y garantizando el control estatal sobre los operadores. Las autoridades, incluyendo la Autoridad Portuaria Dominicana, recibirán amplias facultades de inspección y fiscalización para acceder a documentación y reportes operativos de los casinos.


