La jueza Wilma Altagracia Cuello García absolvió este miércoles a los tres propietarios de Vidal Plast SRL de todos los cargos que el Ministerio Público sostuvo en su contra por la explosión del 14 de agosto de 2023 en San Cristóbal, una de las tragedias industriales más devastadoras registradas en esa provincia. El fallo, dictado casi tres años después del siniestro, cierra la fase de juicio de fondo para los acusados y deja un precedente jurídico de alto impacto en un caso que conmocionó al país.
Lo que decidió la jueza y por qué sacude el caso
Los absueltos son Edward Armando Vidal Garrido, Maribel Sandoval Almánzar de Vidal y Mercedes Altagracia Vidal Sandoval, quienes enfrentaron cargos por su supuesta responsabilidad en la tragedia. La empresa Vidal Plast SRL, dedicada al reciclaje de plásticos, también figuraba como imputada en el proceso. Según informó la defensa, la jueza desestimó íntegramente las alegaciones presentadas por la Fiscalía, al considerar que los elementos aportados no acreditaban la responsabilidad penal de los procesados.
El Ministerio Público había acusado a los propietarios de homicidio involuntario, argumentando negligencia en el manejo de productos químicos peligrosos y condiciones inadecuadas de almacenamiento en las instalaciones. A lo largo del proceso, los tres imputados enfrentaron medidas de coerción que incluyeron:
- Impedimento de salida del país
- Colocación de grillete electrónico
- Detención inicial tras allanamiento en su residencia
La defensa sostuvo en todo momento que sus representados no eran penalmente responsables de la tragedia y cuestionó la solidez de los elementos probatorios ofrecidos por la Fiscalía. Tras conocerse el veredicto, abogados y familiares de los procesados celebraron el fallo, considerándolo una validación de sus argumentos durante el juicio.
La explosión que marcó a San Cristóbal
La explosión ocurrió en el área del antiguo Mercado Viejo de San Cristóbal y generó una onda expansiva que afectó edificaciones y comercios cercanos. El saldo fue devastador: 38 personas muertas, 59 heridas y cuantiosos daños materiales en la zona. El incidente no surgió de la nada: las instalaciones de Vidal Plast ya habían sido objeto de una investigación previa tras un incendio registrado en marzo de 2023, apenas cinco meses antes de la explosión fatal.
Durante el proceso judicial se expusieron los argumentos de ambas partes respecto a la gestión de sustancias químicas en el establecimiento. La Fiscalía intentó demostrar que las condiciones del lugar representaban un riesgo previsible y que los propietarios tenían conocimiento de ello. La defensa, por su parte, rebatió esa narrativa y logró convencer a la jueza de que la acusación no alcanzaba el estándar probatorio necesario para una condena.
El caso puede consultarse en el marco del sistema judicial dominicano a través del Poder Judicial de la República Dominicana, institución que supervisa los procesos penales de esta naturaleza.
Un fallo que cierra una etapa, pero no el debate
La absolución de los propietarios de Vidal Plast no borra el dolor de las familias que perdieron a sus seres queridos en la explosión, ni resuelve las preguntas que aún persisten sobre las condiciones de seguridad en establecimientos industriales ubicados en zonas urbanas densamente pobladas. Lo que sí hace es establecer que, en términos jurídicos, la Fiscalía no logró probar más allá de la duda razonable que los acusados actuaron con la negligencia que les imputaba.
Para la defensa, el veredicto representa la culminación de un proceso en el que, según sus palabras, la verdad prevaleció. Para las víctimas y sus familias, en cambio, el fallo puede significar el cierre de una vía judicial sin respuestas definitivas sobre quién o qué fue responsable de una de las explosiones más mortíferas en la historia reciente de San Cristóbal. El debate sobre la regulación del almacenamiento de sustancias peligrosas en entornos urbanos, que este caso puso sobre la mesa, sigue abierto.

