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JCE suspende artículo que regula encuestas electorales

JCE suspende artículo que regula encuestas electorales

La Junta Central Electoral (JCE) decidió suspender de manera provisional el artículo 13 y sus párrafos del Reglamento que rige el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas electorales en República Dominicana. La medida, adoptada en la Sesión Administrativa Ordinaria del 20 de agosto de 2026, no fue unánime y abre un debate sobre los límites del poder reglamentario del organismo electoral en plena antesala de un nuevo ciclo político.

Lo que suspendió la JCE y por qué importa

El artículo 13 del Reglamento prohibía la publicación o difusión de encuestas electorales fuera de los períodos legales establecidos para la precampaña y la campaña electoral. Además, fijaba sanciones concretas para las firmas encuestadoras que incumplieran esa norma, que iban desde la suspensión temporal hasta la cancelación definitiva de su registro ante la JCE. En la práctica, su vigencia condicionaba cuándo y cómo podían circular los sondeos de opinión política en el país.

La suspensión fue respaldada por el presidente de la JCE, Román Andrés Jáquez Liranzo, y los miembros titulares Dolores Altagracia Fernández Sánchez y Samir Rafael Chami Isa. El organismo aclaró que la medida tiene carácter temporal y excepcional, y que se mantendrá vigente hasta que la jurisdicción competente resuelva las acciones legales presentadas contra el reglamento. La JCE fue explícita en señalar que la suspensión no equivale a reconocer la ilegalidad o inconstitucionalidad del artículo, ni implica una renuncia a sus atribuciones constitucionales y legales.

Los recursos legales que forzaron la decisión

El contexto que precipitó esta determinación incluye recursos de reconsideración presentados por ACD Media y Participación Ciudadana, dos actores con intereses distintos pero convergentes en cuestionar la norma. A eso se suma que ya se habían iniciado procedimientos administrativos sancionadores vinculados a la publicación de encuestas fuera del período de campaña, lo que colocaba a la JCE ante la presión de actuar mientras el marco legal permanecía en disputa.

Ante ese escenario, la JCE instruyó a sus dependencias a continuar aplicando las restantes disposiciones del Reglamento y ordenó a la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales evaluar los efectos de la suspensión sobre los procedimientos ya iniciados bajo el artículo 13. La decisión fue comunicada formalmente a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos acreditados ante el organismo por el secretario general, Sonne Beltré Ramírez.

La disidencia que revela la fractura interna

Los miembros Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises votaron en contra y dejaron constancia de sus argumentos. Fernández Guzmán y Vallejo Santelises sostuvieron que el Pleno carecía de competencia para suspender un reglamento cuya constitucionalidad está siendo evaluada ante el Tribunal Constitucional. Vallejo Santelises fue más allá y cuestionó el procedimiento en sí: argumentó que la modificación o suspensión de una norma reglamentaria debe seguir el mismo proceso formal requerido para su creación o modificación, algo que, a su juicio, no ocurrió en este caso.

La fractura en el seno de la JCE no es un detalle menor. Que dos de sus cinco miembros titulares rechacen la decisión mayoritaria sobre un asunto de regulación de encuestas electorales revela tensiones sobre el alcance de las facultades del Pleno y anticipa que el debate no concluirá con esta suspensión provisional. El desenlace dependerá, en última instancia, de lo que resuelva la jurisdicción competente sobre la validez del reglamento impugnado. Para seguir el proceso, puede consultarse la información oficial en el portal de la Junta Central Electoral.

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