El Senado de la República ratificó este martes las reformas al Código Penal en dos lecturas consecutivas, completando así el trámite legislativo que ya había superado la Cámara de Diputados. La votación, celebrada bajo el procedimiento de urgencia, arrojó 25 votos a favor y apenas 3 en contra, una mayoría que refleja el consenso político en torno a una actualización que el país lleva décadas postergando. Con este paso, el Congreso Nacional cierra su parte del proceso y traslada la decisión final al Poder Ejecutivo.
Por qué el Código Penal de 1884 ya no podía esperar
La norma que este nuevo texto viene a reemplazar data de 1884, una época en la que el teléfono apenas existía y los delitos cibernéticos, el feminicidio o las estafas piramidales eran conceptos impensables. Durante más de 140 años, jueces y fiscales han tenido que aplicar una legislación diseñada para una sociedad radicalmente distinta, recurriendo a interpretaciones forzadas o a leyes especiales dispersas que generaban inseguridad jurídica. La reforma no es, por tanto, un ajuste técnico: es el reconocimiento institucional de que el marco legal penal del país había quedado estructuralmente obsoleto frente a los delitos contemporáneos.
Entre los cambios más significativos que introduce el nuevo Código Penal destaca la incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, un mecanismo que permite sancionar directamente a empresas involucradas en prácticas ilícitas, reforzando la lucha contra la corrupción corporativa. Hasta ahora, la ausencia de esta figura dejaba a las organizaciones prácticamente blindadas frente a la justicia penal, recayendo toda la responsabilidad sobre individuos que actuaban en su nombre.
El texto también tipifica por primera vez una serie de conductas que habían permanecido en un limbo legal o eran perseguidas de forma insuficiente:
- El sicariato como delito autónomo con penas específicas.
- El feminicidio, reconociendo la dimensión de género en los crímenes contra la mujer.
- Las estafas piramidales e inmobiliarias, modalidades de fraude que han afectado a miles de familias dominicanas.
- La acumulación de penas de hasta 60 años de prisión como medida disuasoria frente a crímenes de especial gravedad.
Lo que revela el debate: las propuestas que no lograron prosperar
La sesión no estuvo exenta de tensión. Varios senadores presentaron propuestas de modificación que fueron rechazadas por mayoría, dejando en evidencia las fracturas internas sobre algunos de los artículos más sensibles del texto. El senador Félix Bautista advirtió que 84 artículos están cuestionados ante el Tribunal Constitucional y solicitó un plazo de entrada en vigencia de tres meses para permitir una revisión más ordenada. Su propuesta no prosperó, pero el señalamiento abre una ventana de incertidumbre jurídica sobre la solidez del texto aprobado.
El senador Omar Fernández pidió modificaciones al artículo 123, relativo al hostigamiento cibernético, mientras que Antonio Taveras solicitó la tipificación de la violencia vicaria y el reconocimiento de las tres causales del aborto, una demanda respaldada por más de 20,000 firmas ciudadanas. Ninguna de estas enmiendas fue incorporada al texto final, lo que anticipa que el debate social sobre estos temas continuará más allá del recinto legislativo.
Entre las nuevas disposiciones que sí quedaron incluidas en el Código Penal aprobado figuran artículos específicos sobre violencia doméstica, hostigamiento agravado, acoso digital y delitos cibernéticos. Especial atención merece el artículo 104, motivado por los ataques con ácido —conocido popularmente como el “ácido del diablo”—, que penaliza los daños causados por sustancias químicas en respuesta a una serie de casos que generaron indignación pública. También se incorporan medidas contra el proxenetismo agravado, la difusión ilícita de contenido íntimo, el abandono de menores y la malversación de fondos públicos.
Abinader decide: promulgar u observar el nuevo Código Penal
Con la aprobación senatorial consumada, la pelota queda ahora en el campo del presidente Luis Abinader, quien deberá decidir si promulga la norma o la devuelve al Congreso con observaciones. La normativa, de ser promulgada sin cambios, entrará en vigor el 3 de agosto de 2026, estableciendo una transición ordenada hacia el nuevo marco legal. Las empresas, por su parte, dispondrán de un plazo adicional hasta noviembre de 2026 para adecuar sus políticas internas a las exigencias de la responsabilidad penal empresarial, uno de los cambios más estructurales que introduce el texto.
El proceso de implementación será tan determinante como la aprobación misma. Un Código Penal moderno solo cumple su función si va acompañado de capacitación judicial, recursos fiscales y una cultura institucional dispuesta a aplicarlo con rigor. La historia legislativa dominicana ofrece ejemplos suficientes de normas avanzadas que quedaron en papel. La ciudadanía y los organismos de la sociedad civil tendrán ahora la tarea de monitorear que esta reforma no siga ese camino. Más información sobre el proceso legislativo está disponible en el portal oficial del Senado de la República Dominicana.

