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Comisión Electoral del CDP reafirma inhabilitación de José Beato como candidato

Comisión Electoral del CDP reafirma inhabilitación de José Beato como candidato

La Comisión Nacional Electoral (CNE) del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) reiteró su decisión de inhabilitar a José Beato para postularse a cargos dentro de la organización, fundamentando esta medida en el incumplimiento de los requisitos que exige la legislación vigente. Esta acción busca asegurar la transparencia y legalidad en el proceso electoral del gremio periodístico dominicano.

Revisión de la normativa y fundamentos de la inhabilitación

La CNE emitió la resolución número 5 el 22 de agosto de 2025, confirmando que la inhabilitación de José Beato responde al incumplimiento del artículo 26 del Reglamento Electoral. Este artículo establece que para formar parte de una plancha electoral se debe ser miembro activo del CDP durante al menos dos años, gozar de plenos derechos y no estar sujeto a procesos disciplinarios derivados de faltas éticas o actos incompatibles con la vida pública.

Contexto de la decisión y reacciones internas

  • Conflicto de intereses: La CNE advirtió un posible conflicto de intereses en la actuación de Aurelio Henríquez, presidente del CDP, quien también figura como coordinador de campaña de Beato y rechazó canalizar una denuncia al Tribunal Disciplinario.
  • Retractación del Comité Ejecutivo: Tras la notificación inicial, el Comité Ejecutivo del CDP se retractó públicamente de su primer intento de excluir a Beato del proceso electoral.
  • Principios éticos: Se recordaron las obligaciones de tramitar denuncias éticas y de garantizar la independencia de los organismos internos, detalladas en la Ley 10-91 y en el Reglamento del Tribunal Disciplinario.

Transparencia en el proceso y respaldo legal

La decisión de la CNE enfatiza la importancia de los principios de ética y legalidad en los procesos electorales gremiales. La Comisión subraya que la idoneidad y transparencia garantizan el respeto a la sentencia del Tribunal Constitucional, que respalda el derecho a elegir y ser elegido en organizaciones profesionales bajo el marco legal dominicano. De esta manera, se procura proteger la integridad y credibilidad del CDP frente a sus miembros y la sociedad.

¿Consideras acertada la decisión de la Comisión Electoral del CDP? Déjanos tu opinión en los comentarios o comparte este artículo en tus redes sociales para fomentar el debate sobre la ética en los procesos gremiales.

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