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Tribunal ordena a Andeclip no suspender servicios de salud

La atención sanitaria de más de un millón de dominicanos quedó blindada este lunes tras una decisión judicial que frenó en seco la amenaza de suspensión masiva. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió la medida cautelar solicitada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) y ordenó a la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (ANDECLIP) abstenerse de interrumpir los servicios de salud mientras se resuelve el fondo de la acción de amparo colectivo. Con ello, la suspensión que estaba prevista para el 14 de julio quedó sin efecto.

La decisión que protege los servicios de salud de un millón de afiliados

La audiencia se celebró de forma virtual el lunes a las 9:00 a.m. y el tribunal fundamentó su resolución en el artículo 86 de la Ley núm. 137-11, invocando el riesgo que representaba la suspensión para el derecho fundamental a la salud de los afiliados de ARS Primera y ARS Futuro. El razonamiento del TSA fue contundente: los conflictos económicos entre los actores del Sistema Dominicano de Seguridad Social no pueden traducirse en la interrupción de los servicios a personas que son completamente ajenas a esa controversia.

El Ministerio Público, presente en la audiencia, respaldó la posición de la DIDA, reforzando el peso institucional de la solicitud cautelar. La medida no resuelve el fondo del litigio, pero garantiza que ningún afiliado quede desprotegido mientras la justicia delibera sobre el conflicto tarifario que enfrenta a las clínicas privadas con las administradoras de riesgos de salud.

Lo que revela el conflicto detrás de la orden judicial

La disputa que llevó al TSA a intervenir tiene raíces en un reclamo tarifario de las clínicas agremiadas en ANDECLIP, que consideran insuficientes las tarifas que les reconocen las administradoras de riesgos de salud. Aunque la DIDA reconoció la legitimidad de ese reclamo, fue enfática en señalar que el mecanismo para resolverlo no puede ser la suspensión de servicios a los afiliados, quienes no tienen responsabilidad alguna en la negociación.

En ese sentido, la institución instó a ANDECLIP y a las administradoras a participar en la mesa de diálogo convocada por el Consejo Nacional de Seguridad Social, señalando que la ley establece las instancias institucionales precisamente para canalizar este tipo de diferencias. La postura de la DIDA deja claro que el sistema de seguridad social no puede funcionar como campo de presión entre actores económicos a costa de los usuarios.

El director general de la DIDA, Elías Báez, fue directo al valorar la resolución: “Lo que se ha protegido hoy no es a una institución, sino el derecho de más de un millón de personas a no ver interrumpida su atención en salud. Reiteramos nuestro llamado al diálogo: el camino para resolver las diferencias tarifarias son mecanismos que la ley establece, no la interrupción de los servicios”. Sus palabras sintetizan la tensión que subyace al caso: un conflicto económico legítimo que, sin embargo, no puede resolverse a expensas de los más vulnerables.

Próximos pasos y cómo reportar negativas de atención

El proceso judicial continúa. El Tribunal Superior Administrativo ha programado la continuación de la audiencia para el miércoles 15 de julio de 2026, fecha en la que se avanzará en el análisis del fondo de la acción de amparo colectivo. La DIDA se comprometió a dar seguimiento al proceso y a mantener su acompañamiento a los afiliados durante todo el desarrollo del caso.

Mientras tanto, la institución hizo un llamado directo a la ciudadanía: cualquier afiliado que enfrente una negativa en la prestación de los servicios de salud debe comunicarse de inmediato con la DIDA. El Call Center 809-472-1900 opera las 24 horas del día, los siete días de la semana, y está habilitado para recibir reportes de incidencias y brindar orientación personalizada. Para conocer más sobre las funciones y competencias de la institución, puede consultarse el portal oficial de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).

  • Afiliados protegidos: más de un millón, pertenecientes a ARS Primera y ARS Futuro.
  • Suspensión bloqueada: la prevista para el 14 de julio quedó sin efecto por la medida cautelar.
  • Próxima audiencia: miércoles 15 de julio de 2026 ante el Tribunal Superior Administrativo.
  • Canal de reporte: Call Center DIDA al 809-472-1900, disponible 24/7.
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