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JCE suspende artículo que prohibía publicar encuestas

JCE suspende artículo que prohibía publicar encuestas

La Junta Central Electoral (JCE) decidió suspender de forma provisional el artículo décimo tercero de su reglamento sobre encuestas electorales, una norma que prohibía publicar sondeos de opinión fuera de los periodos de precampaña y campaña. La medida, adoptada el 20 de agosto de 2026, abre un compás de espera legal con consecuencias directas para firmas encuestadoras, medios de comunicación y el debate público sobre las próximas elecciones.

Por qué la JCE suspende una norma que ella misma aprobó

La decisión no surgió en el vacío. Fue el resultado de un recurso legal interpuesto por la organización Justicia Sin Fronteras, Inc. ante el Tribunal Superior Electoral (TSE), que cuestionó la validez constitucional del artículo. El TSE, sin embargo, se declaró incompetente para resolver el fondo del asunto y remitió el caso al Tribunal Constitucional, dejando la norma en un limbo jurídico sin resolución a la vista.

Ante esa parálisis institucional, el Pleno de la JCE optó por actuar. En su sesión administrativa ordinaria, los miembros votaron con tres votos a favor y dos en contra para suspender temporalmente la aplicación del artículo y sus párrafos, argumentando la necesidad de proteger los derechos de libertad de expresión e información, y de evitar consecuencias difíciles de reparar mientras el debate judicial sigue abierto. La resolución entró en vigencia de inmediato.

Es un movimiento que la propia JCE se encargó de acotar: la suspensión no equivale a una declaración de ilegalidad ni de inconstitucionalidad del artículo. Es, en sus propios términos, una medida cautelar a la espera de que un tribunal competente emita una decisión definitiva sobre su validez.

Lo que cambia ahora para encuestadoras y medios

El artículo suspendido establecía sanciones concretas para las firmas encuestadoras que publicaran o difundieran sondeos de opinión con fines electorales fuera de los periodos habilitados. Con su suspensión, esa restricción queda sin efecto de manera provisional, lo que en la práctica significa que encuestadoras y medios pueden publicar resultados sin riesgo de sanción administrativa mientras dure el impasse legal.

La JCE también instruyó la suspensión de los procesos administrativos sancionadores que estaban en curso contra dos entidades específicas:

  • ACD Media, S.R.L.
  • Centro Económico del Cibao, S.R.L.

Ambas habían sido denunciadas por publicar encuestas fuera del periodo establecido por el reglamento. La suspensión de sus expedientes, no obstante, no implica un archivo definitivo: los casos permanecen abiertos y podrían retomarse dependiendo del desenlace judicial.

El resto del reglamento de la JCE sobre encuestas electorales sigue plenamente vigente. Las disposiciones relativas al registro y regulación de las firmas encuestadoras no se ven afectadas por esta decisión, lo que delimita con precisión el alcance real de la medida.

La fractura interna que revela el voto dividido

El resultado de tres votos a favor y dos en contra no es un detalle menor. Los dos miembros del Pleno que se opusieron a la suspensión cuestionaron algo de fondo: si la JCE tiene competencia para suspender por sí misma una disposición cuyo examen de constitucionalidad está pendiente ante otro tribunal. Es un argumento que toca la separación de poderes y los límites de la autotutela administrativa.

Esa tensión interna refleja un dilema más amplio. La JCE se encontró atrapada entre dos imperativos: respetar la vigencia de su propio reglamento mientras un tribunal decide su suerte, o actuar para evitar que la norma genere daños irreparables a derechos fundamentales antes de que haya un pronunciamiento definitivo. La mayoría del Pleno eligió la segunda vía, asumiendo el riesgo jurídico que eso conlleva.

La suspensión se mantendrá hasta que el Tribunal Constitucional u otro órgano competente emita una resolución que permita modificar o anular el artículo. Mientras tanto, la JCE suspende también cualquier nuevo proceso sancionador vinculado a esa norma, dejando el campo abierto para la circulación de encuestas electorales en un año que, según el calendario político dominicano, promete ser de alta intensidad. Más información sobre el marco regulatorio electoral está disponible en el sitio oficial de la Junta Central Electoral.

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