El Código Penal dominicano entró en una nueva etapa tras las modificaciones aprobadas por el Congreso Nacional, que despejaron el escenario de incertidumbre jurídica que enfrentaba el gremio médico. Los cambios, que afectan 32 artículos de la legislación, responden directamente a las preocupaciones planteadas por el Colegio Médico Dominicano (CMD) sobre la posible criminalización del ejercicio profesional de la medicina en el país.
Por qué el Código Penal encendió las alarmas del gremio médico
Antes de que se introdujeran las enmiendas, varios artículos de la Ley 74-25 generaron inquietud entre los profesionales de la salud. El CMD advirtió que ciertas disposiciones eran lo suficientemente ambiguas como para expandir las posibilidades de llevar acciones médicas al ámbito penal, incluso en casos donde no existía intención de causar daño. La amenaza no era menor: sin modificaciones, los médicos habrían quedado expuestos a interpretaciones legales que criminalizaban prácticas clínicas legítimas.
La respuesta del gremio fue contundente. Las protestas y un paro nacional presionaron al Congreso para actuar antes de que la nueva legislación entrara en vigor. El 21 de julio, la Cámara de Diputados aprobó las enmiendas, que fueron ratificadas posteriormente por el Senado en dos lecturas. El resultado fue una revisión puntual pero significativa de los artículos que más directamente afectaban el ejercicio médico.
Los artículos del Código Penal que cambiaron la ecuación
Entre las modificaciones más relevantes figura el artículo 354, que regula la certificación falsa del estado de salud. La nueva redacción establece que el médico que expida un certificado falso enfrentará una sanción de uno a dos años de prisión menor y una multa equivalente a tres a seis salarios mínimos del sector público. La misma pena recae sobre quien utilice fraudulentamente dicho certificado. Cuando el responsable sea un médico forense actuando en el ejercicio de sus funciones, las sanciones se elevan a penas de dos a tres años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos.
Igualmente relevante es la modificación del artículo 104, vinculado a los daños por aplicación de sustancias químicas. La nueva redacción exige que la aplicación de la sustancia sea realizada con la intención de causar daño, lo que sitúa la sanción penal exclusivamente en casos de dolo. Con este ajuste, se busca garantizar que la norma no alcance a prácticas médicas o terapéuticas legítimas, una distinción que el texto original no dejaba suficientemente clara.
Las sanciones contempladas en este artículo son las siguientes, según la gravedad de la conducta:
- De cinco a diez años de prisión mayor y multas de diez a veinte salarios mínimos para quienes suministren sustancias con intención de causar daño.
- De diez a veinte años de prisión y multas de veinte a treinta salarios mínimos si las sustancias son usadas para cometer delitos contra la integridad física o sexual de la víctima.
Una reforma con décadas de deuda pendiente
La actualización del Código Penal no es solo una respuesta a la presión del gremio médico: es el resultado de décadas de intentos fallidos de modernizar una legislación que tiene sus raíces en el siglo XIX. Durante un panel sobre la nueva normativa, juristas y legisladores coincidieron en que el proceso fue largo y complejo, pero necesario para adaptar el sistema penal dominicano a la realidad del siglo XXI.
El diputado Juan Di Batista, presidente de la comisión bicameral que evaluó el proyecto, reconoció que la legislación es perfectible y que el Congreso tenía una deuda de décadas con la nación. Los juristas, por su parte, valoraron las modificaciones como un paso de modernización, aunque advirtieron que el nuevo código no agota todos los ilícitos del país, ya que otras leyes sectoriales también contemplan disposiciones penales que coexisten con esta reforma.
Con la entrada en vigor prevista para el 3 de agosto, el Código Penal reformado propone aclaraciones sobre las conductas sancionables y reduce las ambigüedades que, de haberse mantenido, habrían condicionado el ejercicio diario de miles de profesionales de la salud en la República Dominicana. Para consultar el texto oficial y los detalles de la legislación, puede acceder al portal del Congreso Nacional dominicano.

