Los delitos cometidos antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Penal continuarán siendo procesados y juzgados bajo la legislación actualmente en vigor. Así lo advirtió el exjuez del Tribunal Constitucional Hermógenes Acosta, quien recordó que la Constitución dominicana prohíbe expresamente la aplicación retroactiva de la ley penal, salvo en los casos en que la nueva norma resulte más favorable para el imputado.
Lo que el nuevo Código Penal no puede cambiar hacia atrás
El principio de irretroactividad de la ley penal es una garantía constitucional que protege a los ciudadanos de ser juzgados por normas que no existían al momento de cometer un acto. Acosta fue enfático al señalar que el código vigente en el momento del delito es el que debe aplicarse, sin importar que las investigaciones, acusaciones o juicios se desarrollen después de que el nuevo marco legal entre en vigor.
El ejemplo más ilustrativo es el de los homicidios y otros crímenes graves perpetrados antes de la implementación de la reforma. Aunque el sistema judicial esté operando ya bajo las nuevas reglas, esos casos deberán resolverse conforme a las disposiciones del Código Penal actual. La única excepción reconocida constitucionalmente ocurre cuando la nueva norma beneficia al procesado, supuesto en el que sí procede su aplicación retroactiva.
Esta distinción no es menor. Implica que durante un período de transición, los tribunales dominicanos deberán manejar simultáneamente dos marcos normativos: el vigente para los hechos anteriores a la reforma y el nuevo para los cometidos a partir de su entrada en vigor. Una dualidad que exige precisión técnica y claridad procesal por parte de jueces, fiscales y defensores.
Por qué Acosta pide frenar la aprobación del nuevo Código Penal
Más allá de la discusión sobre irretroactividad, el exmagistrado lanzó una advertencia directa al Congreso Nacional: el tiempo disponible para analizar las observaciones presentadas por distintos sectores no es suficiente, y una aprobación apresurada podría generar errores más graves que los que la reforma pretende corregir. En ese sentido, instó a los legisladores a posponer la entrada en vigencia del nuevo Código Penal hasta que se realice una revisión más exhaustiva del texto.
La preocupación de Acosta no se limita al fondo de la norma. El exjuez también alertó sobre posibles vicios en el procedimiento legislativo que podrían abrir la puerta a impugnaciones ante el Tribunal Constitucional. Según explicó, hay varios artículos cuyo contenido o cuya forma de aprobación podría ser cuestionada judicialmente, con consecuencias que van desde la anulación de disposiciones específicas hasta, en el escenario más extremo, la invalidación de toda la normativa si se demuestra una violación en el proceso de aprobación.
- Artículos con contenido potencialmente inconstitucional.
- Posibles vicios en el procedimiento legislativo de aprobación.
- Riesgo de anulación parcial o total de la nueva normativa.
- Insuficiencia de tiempo para analizar las propuestas de modificación.
El escenario que describe Acosta es el de una reforma que, si se apresura, podría llegar al sistema judicial con fragilidades estructurales que la expongan a ser desmantelada por vía constitucional antes de consolidarse. Una paradoja que convertiría el esfuerzo legislativo en un retroceso en lugar de un avance para el ordenamiento jurídico dominicano. La discusión en torno al nuevo Código Penal, lejos de cerrarse con su eventual promulgación, parece destinada a prolongarse en los estrados judiciales.

