El caso de Wander Franco entró en una nueva fase decisiva este martes, cuando el Ministerio Público presentó ante la Corte de Apelación de Puerto Plata sus conclusiones finales y exigió una condena de cinco años de prisión por delitos de abuso sexual y psicológico contra una adolescente. El tribunal, integrado por tres jueces, escuchó los argumentos de todas las partes y se reservó el fallo para el próximo año.
Lo que el Ministerio Público le pide a la corte
Durante la audiencia, los fiscales solicitaron al tribunal que declare admisible el recurso de apelación parcial, argumentando que cumple con todos los plazos y requisitos legales establecidos. El eje central de su petición fue que la corte revocara la sentencia anterior, calificada por la acusación como desproporcionada, y que en su lugar impusiera los cinco años de prisión solicitados contra Wander Samuel Franco Aybar.
Los fiscales también pidieron que se mantuviera intacta la condena de 10 años dictada a la madre de la adolescente por explotación sexual comercial y lavado de activos, señalando que esa decisión no fue objeto de apelación y, por tanto, debe quedar firme. En paralelo, solicitaron que los recursos presentados por las defensas de los acusados fueran desestimados por carecer de fundamento legal.
El perdón judicial que sacudió el proceso
El origen de este recurso de apelación se remonta a la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata. Ese fallo declaró culpable a Wander Franco de violar el artículo 396, literales b y c, de la Ley 136-03, el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, pero le otorgó un perdón judicial que lo eximía de cualquier sanción penal.
Esa figura jurídica, considerada excepcional dentro del ordenamiento dominicano, es precisamente el punto que los fiscales impugnan con mayor énfasis. Según la acusación, la decisión del tribunal de primera instancia se basó en una interpretación incorrecta del perdón judicial, una figura que la ley reserva para circunstancias muy específicas que, a su juicio, no concurren en este caso. La gravedad de los delitos probados, argumentan, hace inviable su aplicación.
Tres jueces y una fecha que definirá el caso
La Corte de Apelación que tiene en sus manos el destino del proceso está compuesta por los jueces Miguelina Beard, Germán Martínez y Manuel Ureña. Tras escuchar los alegatos de todas las partes, el tribunal se reservó el fallo y fijó el 20 de octubre de 2026 como fecha para emitir su decisión.
Los fiscales cerraron su intervención expresando confianza en que la corte evaluará con rigor los argumentos presentados y tomará una decisión acorde con la Constitución y con la protección que el Estado dominicano debe garantizar a los menores de edad. Para la acusación, lo que está en juego no es solo la condena de Wander Franco, sino el mensaje que el sistema judicial envía sobre la aplicación del perdón judicial en casos de abuso contra niños, niñas y adolescentes.
- Delitos imputados: abuso sexual y psicológico contra una adolescente (Art. 396, literales b y c, Ley 136-03)
- Pena solicitada por el Ministerio Público: 5 años de prisión
- Condena a la madre de la víctima: 10 años por explotación sexual comercial y lavado de activos
- Sentencia impugnada: núm. 272-02-2026-SSEN-00149 del Tribunal Colegiado Ad Hoc de Puerto Plata
- Fecha del fallo de apelación: 20 de octubre de 2026
- Jueces de la Corte de Apelación: Miguelina Beard, Germán Martínez y Manuel Ureña

