La Nave Digital

Ministerio de Trabajo confirma feriado 24 de septiembre

Ministerio de Trabajo confirma feriado 24 de septiembre

El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana salió al paso de cualquier especulación y confirmó oficialmente que el feriado 24 de septiembre se mantiene sin modificaciones en el calendario laboral del país. La fecha, que conmemora el Día de Nuestra Señora de las Mercedes, conserva su carácter religioso e inamovible, y tanto el sector público como el privado deberán respetarla conforme a la legislación vigente.

Lo que establece la Ley 139-97 sobre el feriado 24 de septiembre

A través de un comunicado de prensa oficial, la entidad precisó que la celebración del feriado 24 de septiembre está amparada por la Ley 139-97, que regula los días feriados en el territorio dominicano. Esta normativa obliga a todos los establecimientos del país, sin distinción de naturaleza pública o privada, a observar la fecha tal como aparece en el calendario. No existe margen legal para trasladarla ni para sustituirla por otro día de descanso compensatorio.

La aclaración del Ministerio responde a una práctica recurrente en el entorno laboral dominicano: la incertidumbre que generan los feriados que caen en días intermedios de la semana, cuando empleadores y trabajadores especulan sobre posibles ajustes. En este caso, la cartera laboral fue enfática: la fecha no se mueve.

Cuándo reanudan actividades los sectores público y privado

Con el jueves 24 de septiembre reservado como día no laborable, el Ministerio de Trabajo precisó que la reincorporación a las actividades regulares se producirá el viernes 25 de septiembre. Esto aplica de manera uniforme para todas las instituciones del Estado y para las empresas del sector privado que operen bajo el régimen laboral ordinario.

  • El jueves 24 de septiembre es feriado nacional por el Día de Nuestra Señora de las Mercedes.
  • El viernes 25 de septiembre es el primer día hábil tras el feriado.
  • La medida aplica tanto al sector público como al sector privado.
  • La base legal es la Ley 139-97 sobre regulación de días feriados.

La Ley 139-97 fue promulgada precisamente para dotar de claridad y estabilidad al calendario laboral dominicano, evitando interpretaciones discrecionales por parte de empleadores. Su aplicación es de carácter obligatorio y no admite excepciones salvo las contempladas expresamente en la propia norma, como ocurre con ciertos servicios esenciales que operan de forma continua.

El peso histórico de una fecha que no negocia su lugar

Nuestra Señora de las Mercedes es una de las advocaciones marianas de mayor arraigo en la tradición católica dominicana. Su celebración el 24 de septiembre no es solo un feriado laboral: es una fecha de profundo significado cultural y religioso para una parte importante de la población del país. Ese doble carácter, legal y simbólico, es precisamente lo que la convierte en una de las fechas más estables del calendario oficial.

El Ministerio de Trabajo recordó que cualquier duda adicional sobre la aplicación del feriado 24 de septiembre puede consultarse directamente en los canales oficiales de la institución o a través del texto de la Ley 139-97 disponible en el portal del Ministerio de Trabajo. La transparencia en la comunicación de estas disposiciones forma parte del compromiso de la cartera con los trabajadores y empleadores del país.

La Nave Digital
administrator

    Related Articles

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *